LOS COMENTARIOS Y LA CONVENIENCIA DE VOLVER A LEER
Usted leyó una nota y luego, no volvió sobre ella. Pero sucede que algunas son motivo de comentarios, luego de su publicación y, en tal caso, usted se queda sin conocer esos aportes.
Por eso le acercamos estos ejemplos:
A “PRODUCTORES CON IRREGULARIDADES: ABSTENERSE” “Me surgen muchísimas dudas con estas sanciones que no me quedan aclaradas con este informe.
Si yo como PAS tengo la suerte de captar en mi oficina muchísimos asegurados ¿debo hacer el trabajo yo solo? ¿No puedo tener empleados administrativos como recepcionistas y operadores informáticos? (…)
Héctor Galarza (PAS) Ya había leído la Resolución de la SSN respecto de PAS sancionado y realmente me sorprendió. Si bien en la misma explican claramente la cantidad de infracciones cometidas, (…)
Carlos Dominguez (PAS)
A «GRAVE IMPUTACIÓN JUDICIAL, QUE INVOLUCRA A UNA ASEGURADORA»: Históricamente, cuando han intervenido Sindicatos en la contratación de seguros previstos en los convenios laborales, después de la privatización de La Caja, siempre lo han hecho sobre la base de beneficios personales. Lamentablemente, (…)
Juan José Irigoyen (PAS)
A «LA SEGUNDA: HACIA ADENTRO Y HACIA AFUERA»: Como productora asesora de La Segunda, sentí mucha identificación con este reportaje. Felicitaciones al señor Asenjo. El artículo está muy bueno, y (…)
Nory Cavia – Santa Fe (PAS)
A «RIESGOS DEL TRABAJO: CUADRO DE SITUACIÓN»: Es una estupidez que nosotros propongamos una compensación de $ 30.- por empleador, cuando todos los números indican que las aseguradoras aumentan y actualizan sus otros gastos. La única solución es eliminar el topeo de comisiones, el respeto de la libre contratación entre PAS y aseguradoras.
Roberto Eduardo Sosa (PAS-Mendoza) De acuerdo con Roberto Sosa.
El lobby que hicieron para dejarnos de lado sigue siendo una burla.
Como dice la señora Bettiol, nunca tuvieron tanto trabajo ni tantas ganancias, más allá de los estándares a cumplir.(…)
Claudio Halpern (PAS-Adrogué) Muchacho, es muy simple. Se recortó por donde menos problemas se les iba a generar. No nos engañemos más, somos un gremio que no tiene fuerza y ni me imagino medida que pueda hacerse para que realmente se sienta nuestro reclamo. (…)
Walter Fabián Machado (PAS-CABA)
A «CHILE: SVS da a conocer documento que determina los principios básicos de Conducta de Mercado de la industria aseguradora»: ¡Excelente documento! Lo esperaba desde hace algún tiempo. Es de lectura obligatoria para todos los que estamos en el seguro, sin distingos de nacionalidad. ¡Congratulaciones!
Juan Ignacio Quirós Arroyo (Corredor de Reaseguros-Costa Rica)
A «RENATA WITT: UNA PAS QUE INGRESA A LA HISTORIA DEL SEGURO»: Felicitaciones colega. Excelente trabajo y una nota para que muchos aprendamos a brindar al prójimo algo más de lo que podemos dejar como enseñanza. César Aprile (PAS)
A «¿SE VIENE EL FIN DEL ROL DE PRODUCTOR ASESOR, TAL CUAL LO CONOCEMOS?» Excelente enfoque, por su consistencia informativa, estratégica y conceptual.
Diego Martínez (Periodista-R.O.Uruguay) Me parece muy oportuno este artículo.
Hablando de los (+) y los (-), puedo afirmarles que dadas las tendencias, es cierto lo que analiza el citado periódico norteamericano, pero, en territorio de los USA. Sin embargo, otros más informados en el tema (…)
Juan Ignacio Quirós Arroyo (Corredor de reaseguros. Costa Rica) Me parece importante que los productores de seguros despertemos, y luchemos por la recuperar los derechos laborales, y dejar esta precarización laboral que se nos impone. Pagamos (…)
Sebastian Heredia (PAS) Excelente comentario de Nicolás.
Me permito adicionar dos experiencias: una, por mis parientes en EEUU, en autos me informan que las aseguradoras no quieren litigios. Resuelven casi de inmediato. En cuanto al sistema comparador (…)
Víctor Fratta (PAS)
A «Títulos y absurdos (I)»: Tal como se señala, los comentarios están hechos en clave de buena onda. La misma que hay que poner para sonreír por lo absurdo de los títulos.
Porque si no lo hacemos ya no resulta cómico sino triste. Y ni qué decir si continuáramos con los textos que siguen a esos títulos. (…) Eduardo Bazán (PAS)
A “Hasta la vista, Vélez”: Dr.Burgos, admirable su poder de síntesis. La próxima legislatura deberá, a mi juicio, con voto unánime, derogar lisa y llanamente esos tres artículos que, inconstitucionalmente, han restablecido las prerrogativas de la nobleza. Gracias por su nota. Cordialmente, Oscar Racciatti (PAS-Jubilado) Muy buena su nota Dr. Burgos. Deseaba pedir su opinión sobre el artículo 1710 (…) El cual me da la pauta de que tengo que vender el auto y manejarme en colectivo, porque es la forma de evitar un daño, y si me embiste un patrullero o un camión de bomberos no voy a recibir la indemnización, porque va a ser sólo un “hecho” (…) Ángel A. Cabrera Mollar (PAS) Respuesta del Dr. Burgos: Estimado señor Cabrera Mollar. Antes que nada, muchas gracias por sus lecturas y por su comentario sobre mi columna. Respecto del artículo 1.710, sobre el que me pide opinión, personalmente creo que no va a generar ningún deber de prevención adicional a los que ya existen. Entiendo que la “responsabilidad civil” no tiene “funciones” y que “la función preventiva” no será exigible a los particulares, respecto a los actos de otras personas. De lo contrario, nos podrían demandar a todos los que presenciamos un robo en una esquina, sin intervenir para evitarlo; un despropósito mayúsculo. Lo que se intentó receptar acá es el deber de socorro, que ya existe desde hace años en el derecho francés, por ejemplo. Pero los cambios entre el primer anteproyecto y la versión final fueron tantos que, a mi criterio, los artículos que regulan este tema en particular -el deber de prevención- nacen como letra muerta; salvo supuestos groseros de indiferencia, que antes ya estaban previstos como abandonos de persona. A no desesperar, no venda el auto todavía. El daño moral no puede reclamarlo como tal, pero hay otras figuras que lo reemplazan y lo mejoran; va a poder demandar todas las afecciones a sus intereses jurídicos legítimos, incluyendo cualquier incidencia negativa en su proyecto de vida; en ese tema la legislación permite una pretensión de resarcimiento mucho mayor a la de Vélez. El tema es la pésima redacción de los artículos que obligarían, en algunos supuestos, al planteo de inconstitucionalidades al momento de iniciar la demanda; respecto al daño no patrimonial. El principio de reparación es claro y mejora lo anterior, la regulación específica es incoherente con él, por defectos de redacción inaceptables. Pero ningún juez le va a negar la reparación del daño no patrimonial -ya no más llamado así-, mientras no demande al Estado o a un funcionario. Si lo embiste un patrullero… efectivamente el Código no se aplica y lo remite al derecho administrativo, donde el principio de reparación integral no rige. Ahí sí que la inconstitucionalidad es flagrante y llegamos al tema de la nobleza, que Ud. tan bien explica. Pero no olvide que dos de los tres responsables teóricos de este Código -en realidad, responsables del anteproyecto, porque la versión final, que firmaron, niega muchas de sus propias posiciones doctrinarias anteriores-, son miembros de la Corte Suprema. O sea que ellos mismos juzgarán sobre los méritos constitucionales de una ley que lleva su firma. Y si se mantiene una Corte de cinco miembros, les bastará sólo un voto más para rechazar cualquier planteo. Espero haber contestado su inquietud”.
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Aclaración: En El Seguro en acción, sólo censuramos los comentarios que contengan agravios o expresiones impropias. Las cuestiones de interés personal, las contestamos en forma privada. |