Muchos conocen el Seguro de Vida Colectivo de contratación obligatoria que prevé el Convenio Mercantil N° 130/75 en su Art. 97, pero sólo unos pocos saben de la existencia de los más de veinte otros Convenios Colectivos laborales que prevén indemnizaciones a cargo del empleador en caso de fallecimiento y/o invalidez total de su personal.
Vida Convenios Colectivos de Trabajo es una solución inteligente para aquellos empleadores que necesitan estar cubiertos ante estas contingencias que le acontezcan a su personal y que forma parte de los riesgos de su actividad empresaria, en forma independiente de su propia responsabilidad, debiendo responder en algunos casos ante fallecimientos que sufran los hijos o cónyuges de sus empleados.
Además, si se trata de un empleador que ya se encuentra asegurado en Federación Patronal ART o la contratación se realiza en forma simultánea, contamos con un exclusivo sistema de identificación automática de convenios a través del CIIU, en el que conforme a la actividad declarada en la ART se determina el Convenio Colectivo de Trabajo que corresponde y se comprueba si existe algún seguro de vida o indemnización obligatoria prevista en el mismo.
Para saber más de éste y de otros productos para empleadores, escríbanos a: vida@fedpat.com.ar