La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las disposiciones en materia de Cláusulas Abusivas contenidas en contratos de adhesión, con las que se establecen los casos y supuestos en los cuales se considerará la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión de los productos que ofrecen las instituciones financieras De este modo, las Instituciones Financieras que no modifiquen contratos, previa queja presentada por el usuario, serán sancionadas con una multa que podría oscilar entre 500 y 2.000 días de salario mínimo.
Las entidades financieras contarán con un plazo de 60 días, a fin de que modifiquen sus formatos de Contratos de Adhesión y supriman las cláusulas abusivas previstas en las disposiciones publicadas. La CONDUSEF posee así facultades para suprimir aquellas cláusulas que versen sobre temas distintos a tasas de interés, comisiones o cualquier otro concepto que implique la contraprestación recibida por la institución financiera, que causen un desequilibrio en los derechos y obligaciones entre las partes (institución financiera y usuario), en detrimento o perjuicio de los usuarios.
Asimismo, la Comisión publicará las Cláusulas Abusivas en su página de internet, así como a través del Buró de Entidades Financieras, a fin de que los usuarios de servicios financieros estén informados. Algunos de esos ejemplos pueden ser consultados en la página oficial de CONDUSEF.
Fuente: BDS América